A- de 1998
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Parra Pedro Pablo·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Admisión aunque hay error en mención de norma de competencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se revocó el auto mediante el cual se rechazó la demanda de la referencia y en su lugar se admitió la demanda.
La Corte explicó que la errónea mención de la norma no comporta un desbordamiento de la acción de inconstitucionalidad, pues, en primer término, enderezándose contra una norma que hace parte de una ley de la República surge con claridad la competencia de la Corte y, en segundo lugar, el error no es de una magnitud tal que le impida a la Corte desentrañar el objeto de la demanda.
Sobre este proceso, la Corte encontró que al examinar la demanda el actor manifestó acudir a la Corte según lo establecido en el Art. 241-3 de la Constitución Política y, aun cuando la mención del numeral es equivocada, la Corte considera que el requisito plasmado en el Art. 2-5 del Decreto 2067 de 1991 está satisfecho.
En consecuencia, se envió el expediente al despacho del Magistrado Sustanciador para que continúe el trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- RESUELVE:
- REVOCAR el auto de 14 de mayo de 1998, mediante el cual se rechazó la demanda No. D- 2027 y en su lugar ADMITIR la demanda. En consecuencia, envíese el expediente al despacho del Magistrado Sustanciador para que continúe el trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.